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Fundamedios condena demanda impuesta a El Periódico, de Guatemala

May 10, 2019 | Destacada, Pronunciamientos | 0 Comentarios

Una denuncia de femicidio que pesa sobre El Periódico, en Guatemala, fue avalada por la Segunda Sala de Apelaciones de ese país, el jueves 9 de mayo. La querella fue impuesta por la candidata presidencial Sandra Torres, al valerse de la Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer para lograr que seis editores y la jefa de distribución del medio fueran vetados de referirse a ella en sus publicaciones. El rotativo ha publicado reportes sobre la candidata, investigada por un supuesto financiamiento ilícito de su campaña. Con esta misma estrategia Torres ya logró en abril pasado que dos fiscales que la indagaban fueran prohibidos de «perturbarla o intimidarla».

La Ley utilizada para acallar a los periodistas fue establecida en 2008, con el objetivo de proteger la vida, dignidad e integridad de todas las mujeres, «particularmente cuando por condición de género, en las relaciones de poder o confianza, en el ámbito público o privado quien agrede, cometa en contra de ellas prácticas discriminatorias, de violencia física, psicológica, económica o de menosprecio a sus derechos». La norma fue dictada en Guatemala por la situación preocupante de violencia de género que se vive y no responde a la acusación de la política.

En febrero, Torres ya presentó una denuncia similar, pero la jueza Neldi Rodríguez archivó el caso, pues el trabajo de los periodistas está amparado en la Ley de Emisión del Pensamiento, que en el artículo 27 dicta que «nadie puede ser perseguido ni molestado por sus opiniones». Al tomarse está acción, Torres recurrió a la sala que terminó por avalar su denuncia, integrada por los magistrados Rafael Morales Solares, Franc Armando Martínez Ruiz y Fredy López Contreras, quienes, de acuerdo a una publicación de El Heraldo, «emitieron con inusitada celeridad la restricción, que resulta abiertamente inconstitucional».

FUNDAMEDIOS condena este acto de censura previa. El libre ejercicio del periodismo está acogido en el segundo principio de la Declaración de Chapultepec, que establece que «toda persona tiene el derecho a buscar y recibir información, expresar opiniones y divulgarlas libremente. Nadie puede restringir o negar estos derechos». Este instrumento internacional fue firmado por la candidata en 2015. Aunque toda persona tiene el derecho al acceso a la Justicia, utilizar una Ley establecida para proteger a un grupo de atención prioritaria resulta improcedente.

Tal  como lo señaló Edison Lanza, relator especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), no se puede desnaturalizar normas para prevenir violencia basada en género para suprimir el derecho a la libertad de expresión. Prohibir a un medio informar y criticar a una política también afecta el derecho de la sociedad a informarse.

Es importante destacar que el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos precisa que el ejercicio del derecho a la libertad de pensamiento y expresión no puede estar sujeto a previa censura, sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar:

  • El respeto a los derechos o a la reputación de los demás
  • La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas

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